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Vélez-Málaga tendrá que transformar alguna de sus calles antes del 2023 en Zona de Bajas Emisiones


En poco más de un año, muchas ciudades españolas deberán contar con una Zonas de Bajas Emisiones. Así lo exige la Ley de Cambio Climático y Transición Energético, que entró en vigor a finales de mayo de este año.


Y es que entre las exigencias de esta normativa, está la de que todos los municipios españoles de más de 50.000 habitantes, además de los territorios insulares, tendrán que disponer de una zona acotada de bajas emisiones, o ZBE, siendo la fecha límite 2023.


Hablamos por tanto de que, a más tardar, el 1 de enero de 2023 en España habrá casi 150 municipios españoles con esta medida ya aplicada, entre ellos Vélez-Málaga. Y de momento no conocemos cuál será esa zona en nuestro municipio, aunque todo apunta, sobre todo por operatividad, que la recién remodelada Plaza de la Axarquía de Torre del Mar podría contemplarse dentro de este marco.


También en Vélez-Málaga podría haber opciones como las calles adyacentes a la plaza de las Carmelitas, entre otras.


¿Cómo deben ser estas ZBE y qué ciudades deberán tenerla? Lo repasamos.

La Ley 7/2021, de 20 de mayo, que recoge la nueva normativa de Cambio Climático y Transición Energético, especifica que los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares adoptarán antes de 2023 planes de movilidad urbana sostenible que introduzcan medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad.


Y entre las mismas se destaca la de establecer una Zona de Bajas Emisiones con la mencionada fecha límite para los territorios que cumplan esos requisitos, además de para aquellas localidades de más de 20.000 habitantes con episodios de alta contaminación.


En cuanto a cómo deben ser, lo único que señala esta regulación es que:

Se entiende por zona de baja emisión el ámbito delimitado por una Administración pública, en ejercicio de sus competencias, dentro de su territorio, de carácter continuo, y en el que se aplican restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero, conforme a la clasificación de los vehículos por su nivel de emisiones de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Vehículos vigente.


Esto se traduce en que deberán ser zonas delimitadas dentro de las urbes donde se restringe el tráfico ya sea en cuanto a circulación, acceso o aparcamiento y en base a la clasificación medioambiental, es de decir, discriminando por la etiqueta de la DGT.


En definitiva, cada ayuntamiento podrán decidir cómo aplica las restricciones al tráfico rodado, siendo la única exigencia que tomen como referencia los distintivos medioambientales, que son en base a la norma Euro de su mecánica: A (sin etiqueta), B, C, ECO y CERO.


A día de hoy, solo tres grandes capitales de nuestro país disponen de Zonas de Bajas Emisiones: Madrid, Barcelona y Sevilla. Y las medidas que aplican son diferentes.


Por ejemplo Madrid dispone de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Especial Protección de Distrito Centro, antes conocida como Madrid Central, que solo permite el acceso y circulación a coches y vehículos de etiqueta CERO y ECO, aunque cuenta con una amplia lista de excepciones.


Además, la capital también contará muy pronto con otra ZBE, la de Plaza Elíptica, pues se activará el 22 de diciembre. En su caso únicamente se restringirá el acceso a vehículos de etiqueta A, es decir aquellos sin distintivo ambiental.


Zona de Bajas Emisiones de Barcelona

Por otro lado, en Barcelona su ZBE comprende toda la ciudad, y parte de la periferia, y restringe el acceso y la circulación a los coches y vehículos sin etiqueta, aunque en un horario determinado (entre las 07:00 y las 20:00), y solo de lunes a viernes.


Por último, en Sevilla, su Zona de Bajas Emisiones no es permanente y está sujeta a episodios de alta contaminación. Cuenta con varios niveles, aplica restricciones de velocidad o bien de acceso, y en su caso igualmente solo discrimina a los vehículos sin etiqueta.

Además, otros dos municipios españoles, Sant Cugat del Vallés (Barcelona) o Rivas-Vaciamadrid (Madrid), disponen de zonas acotadas de bajas emisiones. Y capitales como Valladolid, Bilbao o Valencia, ya han anunciado y están definiendo sus ZBE.


Por otro lado, la nueva Ley de Tráfico incluye por primera vez sanciones específicas por circular indebidamente en las Zonas de Bajas Emisiones o durante los protocolos activos por elevada contaminación. De igual manera, se ha definido una señal vertical para acotar estas áreas.


Así, en la reformada normativa pasa a estar incluida en el Artículo 76, que recoge todas las infracciones graves, por lo que estará calificada como tal y supondrá una multa de 200 euros o 100 con pronto pago.

Sin embargo, la DGT señala que los ayuntamientos seguirán teniendo potestad para aplicar las sanciones que consideren según su normativa municipal.


Las que se aplican por incumplir las restricciones de las ZBE ahora en activo son de menor cuantía: Madrid y Sevilla fijan las multas en 90 euros, mientras que Barcelona lo sanciona con 100 euros.

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