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Todo lo que tienes que saber para salir mañana con tus hijos a la calle


ORDEN SOBRE EL DESPLAZAMIENTO DE MENORES DURANTE EL ESTADO DE ALARMA


•Aplicable a niños y niñas menores de 14 años.


•Se habilita a los niños y niñas, y a un adulto, a circular por las vías o espacios de uso público, por causas de asistencia y cuidado de personas menores, situación de necesidad y cualquier otra actividad de análoga naturaleza.


• Un paseo diario una hora de duración y a una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio.


• Entre las 9:00 horas y las 21:00 horas.


• No podrán pasear los niños y niñas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario o cuarentena.


• Se permitirá la circulación en vehículo para los casos mencionados.


• Máximo un adulto y hasta tres niños o niñas.


• Distancia con terceros, al menos dos metros.


• Cumplir las medidas de prevención e higiene.


• Se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, (1KM).


• No estará permitido el acceso a espacios recreativos infantiles al aire libre, ni a instalaciones deportivas.


• Adulto responsable, mayor de edad que conviva en el mismo domicilio, o se trate de un empleado de hogar a cargo del menor.


• Es responsabilidad del adulto que se cumplan los requisitos.



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