EL BOJA confirma que Vélez-Málaga entra en FASE 4 e informa de todas las restricciones
Tras una descoordinación entre lo que informaba el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y la web mapacovid.es, la administración regional ha subsanado el error que confirma que el municipio de Vélez-Málaga pasa a FASE 4 (extremo riesgo) en su Grado 1.
Fue en la noche de ayer lunes, previo a la entrada del nuevo Decreto, cuando la propia web remarcaba en naranja a Vélez-Málaga y la encuadraba en la Fase 3. Una información que generó mucha confusión, puesto que era un punto por debajo de lo que se había hablado con anterioridad.
Esta misma mañana todavía seguía marcando la Fase 3. En torno a las 9 de la mañana, la web cambiaba Vélez-Málaga a Fase 4, coincidiendo, ya sí, con lo que informaba el BOJA. De este modo, pasamos a enumerar las restricciones fijadas en situaciones que pueden implicar: contactos estrechos prolongados, espacios cerrados, ventilación escasa o deficiente, concurrencia muchas personas, actividades incompatibles con uso de mascarilla
Piscinas de uso colectivo
Aforo 40% del permitido.
Discotecas, locales de ocio nocturno
Cierre
Ceremonias civiles
Aforo del 30 % tanto espacio cerrado como aire libre y que permita la distancia interpersonal. Personas sentadas.
Celebraciones tras ceremonias religiosa o civil
Si en establecimiento hostelero rigen aforos y medidas de hostelería y restauración para este nivel. Si en salones celebraciones o lugar distinto incluso ámbito privado, aforo del 30 % con máximo de 30 personas interior y 50 exterior. Servicio en mesas de máximo 6 personas.
Velatorios, entierros y ceremonias fúnebres
Máximo de 15 personas en espacios al aire libre o 6 en espacios cerrados, salvo que todos sean convivientes.
Residencias estudiantes
Aperturas de zonas comunes al 30 % (bibliotecas, salas juego, televisión, etc.). Comedores al 50 % con máximo de 75 personas interior y 100 en exterior. Actividad de restauración, distintas a los comedores deben cumplir normas de hostelería y restauración. Prohibición de visitas. Cierre a las 21.30.
Locales donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas
Aforos del 40 % en el local. Restauración según normas de hostelería y restauración. No más de 6 personas en mesas de juego. Cierre 18h.
Instalaciones deportivas convencionales y no convencionales (incluye gimnasios así como academias de bailes)
Aforo máximo del 40 % tanto las cerradas como al aire libre para deportistas. Eventos deportivos, entrenamientos y competiciones sin espectadores. Aforo del 40 % en academias de baile. Deporte no federado no podrá realizarse deporte de grupo que no garantice mantenimiento de distancia seguridad interpersonal. En todo caso máximo de 6 personas por grupo. Las actividades aeróbicas o clases grupales de baile deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 6 personas conformadas en grupos estables.
Establecimientos recreativos (recreativos infantiles, centros de ocio infantil y atracciones de feria)
Los establecimientos recreativos infantiles que se destinen a ofrecer juegos y atracciones recreativas diseñados específicamente para público de edad igual o inferior a 12 años, espacios de juego y entretenimiento, así como la celebración de fiestas infantiles, permanecerán cerrados. Los centros de ocio y diversión, parques de atracciones y temáticos, y parques acuáticos con aforo máximo del 40 % lugares abiertos y 15 % aforo para lugares cerrados. Las atracciones de feria con filas de asiento al 30 % manteniendo distancia de seguridad interpersonal (salvo convivientes). Las atracciones de feria sin asientos con un aforo máximo del 20 % salvo que no se pueda garantizar distancia de seguridad interpersonal que deberán permanecer cerradas.
Fiestas, verbenas, romerías y otras actividades festivas populares o tradicionales
No se podrán celebrar fiestas, verbenas, romería y otras actividades festivas populares o tradicionales.
Peñas, asociaciones gastronómicas, asociaciones recreativas, o establecimientos similares y culturales.
Aforos del 30 % y distanciamiento interpersonal de 1,5 m. Actividad de restauración deben cumplir normas de hostelería y restauración. Cierre a las 18h.
Hostelería y restauración (incluido de hoteles)
Hostelería sin música: Aforo del 30 % en interior local y 75 % en espacios abiertos (terrazas al aire libre). Hostelería con música y especiales con música: Aforo del 30% en interior y local y 75 % en espacios abiertos (terrazas al aire libre) (los exclusivos de bebidas deben cerrar). Prohibido consumo en barra. Mesas o agrupaciones máximo 6 personas. Distancia 1,5 m entre sillas diferentes mesas o agrupaciones. Eliminación servicio buffet. Cierre a 18h. No aplica horario cierre a los de régimen especial (3).
Residencias de tiempo libre e inturjoven
Según establecido para establecimientos hoteleros.
Monumentos, conjuntos culturales y enclaves
Sin superar el límite del 65% del aforo permitido para cada una de sus salas y espacios públicos. Visitas en grupos de 10 personas.
Uso de las zonas comunes de hoteles y alojamiento turísticos
La ocupación de las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos no podrá superar el 30 % de su aforo. Restauración conforme a normas de hostelería o salones de celebraciones según el caso. Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 6 personas.
Espectáculos y festejos taurinos populares
No se permitirán espectadores.
Mercadillos al aire libre públicos o privados
50 % de los puestos habitualmente autorizados, manteniendo distanciamientos con el objetivo de garantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y viandantes.
Celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, ferias comerciales y otros eventos
Sin superar en ningún caso el 40 % del aforo del lugar de celebración y manteniendo la distancia interpersonal establecida. Máximo de 100 personas en espacios cerrados o de 200 en espacios al aire libre. Actividades de restauración cumpliendo las medidas de hostelería o en su caso de salones de celebraciones. No se permite superar los límites de aforo establecidos.
Museos, Colecciones Museográficas y Salas de Exposiciones
Sin superar el límite del 65% del aforo permitido para cada una de sus salas y espacios públicos. Las visitas de grupos serán de un máximo de hasta 10 personas, incluido el monitor o guía.