¿Cuándo tienen que cerrar los comercios y empresas no esenciales de Vélez-Malaga?
A la espera de la publicación del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, que se hará entre la tarde del lunes y la mañana del martes, todo apunta a que será a partir de las 00:00 horas de este miércoles cuando todos los comercios y empresas no esenciales de Vélez-Málaga tengan que echar el cierre.
Como adelantaba Correo de la Axarquía en la mañana de este lunes, la alta incidencia provoca que el municipio cuente con una de las tasas más altas de Andalucía.
La duracción de estas restricciones serán hasta la bajada del índice de incidencia a menos de 1.000 personas por 100.000 habitantes.
Estas son las nuevas restricciones:
-Se cierran las provincias. No se permite la movilidad entre las ocho provincias andaluzas sin causa justificada pero la movilidad estará autorizada para deportistas federados, jueces y árbitros, para competiciones y entrenamientos. Estos desplazamientos se realizarán obligatoriamente de forma individual; sin acompañantes.
Además, se recuerda que desde el pasado lunes 11 Andalucía está cerrada perimetralmente y sólo se puede entrar y salir de la comunidad andaluza por causas justificadas.
-Los expertos han fijado la tasa de incidencia para prohibir toda actividad no esencial de la población en una tasa superior a 1000 contagios por 100.000 habitantes, que es el caso en estos momentos de Vélez-Málaga.
-Los municipios con una tasa mayor de 500 casos tendrán limitada la movilidad y se cierran perimetralmente. Es decir, los ciudadanos no podrán desplazarse sin causa justificada.
Los establecimientos que podrán permanencer abiertos serán:
a) La actividad industrial.
b) Los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
c) Los centros, servicios y establecimientos sanitarios.
d) Los servicios profesionales y empleados del hogar.
e) Los servicios sociales y sociosanitarios.
f) Los centros o clínicas veterinarias.
g) Los establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustible para la automoción.
h) Las estaciones de inspección técnica de vehículos.
i) Los servicios de entrega a domicilio.
j) Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
k) Los velatorios.
l) Los centros deportivos para la realización de actividad física que sean al aire libre, siempre que no se trate de deportes de contacto y centros deportivos para la práctica del deporte federado en espacios deportivos cubiertos en categoría de edad desde los 16 años hasta la categoría absoluta.
m) Puntos de encuentro familiar.
n) Centros de Atención Infantil Temprana y Centros de tratamiento ambulatorio
Comments